OFERTA EMPLEO SUSTITUCIÓN TÉCNICO DEPORTIVO
7 de junio de 2022CONVOCATORIA CONSEJO COMARCAL DE LA COMARCA DE VALDEJALÓN (ZARAGOZA), A CELEBRAR EL DIA 28 DE JUNIO DE 2022
23 de junio de 2022Con fecha 27 de junio de 2022, la Presidenta de la Comarca de Valdejalón dictó la Resolución nº 289/ 2022 con el siguiente contenido:
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“La bolsa de empleo durante su vigencia estará abierta, lo que implica que podrán incorporarse nuevos aspirantes continuamente y los existentes podrán actualizar sus puntuaciones alegando nuevos méritos. La actualización del orden de prelación atendiendo a las nuevas solicitudes presentadas se realizará cada tres meses o en un periodo inferior en caso de necesidades justificadas.
Se valorará los méritos alegados por los aspirantes conforme al baremo establecido en las presentes bases y criterios que hayan podido ser establecidos por la Comisión de Valoración.
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Visto el Decreto nº 117, de 5 de abril de 2022, por el que se aprueba la “4ª actualización de la Bolsa de empleo temporal de personal de limpieza del servicio de duchas y lavandería de temporeros en la Comarca de Valdejalon”.
- Vista la solicitud presentada por L.A.V. y efectuada la valoración correspondiente, se publica con fecha 21 de junio de 2022 la actualización del orden de prelación de la Bolsa de Empleo temporal de personal de limpieza del servicio de duchas y lavandería de temporeros en la Comarca de Valdejalón.
Vista acta de la Comisión de Valoración de fecha 19 de mayo de 2021 para realizar el sorteo de desempate de aspirantes con la misma puntuación de la tercera actualización de la bolsa de empleo temporal de personal de limpieza del servicio de duchas y lavandería de temporeros. Visto que se pretende obtener la letra por la que se comenzara a ordenar alfabéticamente, atendiendo al primer apellido, a los aspirantes empatados con igual puntuación, obteniéndose como resultado la letra “M”. Visto que para posteriores actualizaciones y ampliaciones de la bolsa mencionada que requieran desempatar a aspirantes con igual puntuación, se atenderá a este resultado.
Visto que no se efectúa reclamación alguna por los aspirantes en el plazo de 3 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de las puntuaciones obtenidas para solicitar corrección, en su caso, haya dado lugar a posibles errores cometidos en las puntuaciones.
Vista la solicitud presentada por Dª Inés Muñoz Lerios de causar baja en la bolsa y la diligencia de dicha comunicación de fecha 21 de junio de 2022.
Vista la base Octava que regula los criterios de gestión y funcionamiento de la bolsa de empleo resultante del procedimiento convocado, en la que se
indica expresamente lo siguiente: “[…] Renuncia del empleado La renuncia voluntaria no justificada del trabajador a la contratación será causa de exclusión de la bolsa de empleo temporal, en el plazo de 5 días hábiles desde la comunicación por parte del trabajador deberá justificarse documentalmente el motivo. […]
Baja voluntaria. Los candidatos que figuren en la bolsa de empleo podrán, en cualquier momento, durante la vigencia de las mismas, comunicar su voluntad de causar baja en la misma, que conlleva la exclusión de la correspondiente bolsa de empleo, sin posibilidad de reincorporación a la misma durante su periodo de vigencia. […]”
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; 30.1.i) de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón; artículo 136 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Régimen Local y el artículo 7 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, mediante la presente,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar la QUINTA actualización de la “Bolsa de empleo temporal de personal de limpieza del servicio de duchas y lavandería de temporeros en la Comarca de Valdejalón” para cubrir de forma temporal las necesidades que puedan presentarse con motivo de vacantes, sustituciones transitorias de bajas, licencias reglamentarias, ejecución de programas de carácter temporal, exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de 6 meses en los siguientes términos:
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SEGUNDO.- Excluir de la bolsa a Dª Inés Muñoz Lerios a solicitud de la interesada.
TERCERO.- Ordenar la publicación la QUINTA actualización de la “Bolsa de empleo temporal de personal de limpieza del servicio de duchas y lavandería de temporeros en la Comarca de Valdejalón” en la Sede electrónica de la Comarca, en el tablón de anuncios y en la página web www.valdejalon.es.
CUARTO.- La bolsa de empleo temporal de personal de limpieza del servicio de duchas y lavandería de temporeros en la Comarca de Valdejalón, aprobada mediante la presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.”
Lo que se publica, para su conocimiento y efectos, significándole que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso – administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso – administrativo, ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Comarca de Valdejalón, firmado electrónicamente al margen por Dª Marta Gimeno Hernández, Presidenta de la Comarca de Valdejalón.
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